1. El Grupo Internacional de Cooperación entre Ciudades llevará a cabo actividades colaborativas en diversas ciudades de distintos países. Estas colaboraciones adoptarán formas variadas (abarcando desde interacciones entre individuos, entre un individuo y un equipo, y entre un individuo y una empresa, hasta entre un individuo y una organización, entre otras). En lo que respecta a la asignación de los diversos derechos de cooperación, se otorgarán derechos de selección prioritaria a aquellos titulares de 100.000 monedas SANO.
2. Con sujeción a las disposiciones de las leyes locales, los individuos en diversas ciudades podrán formar equipos para promover la adopción de las aplicaciones de SANO Coin. Una vez que una aplicación haya sido implementada con éxito, el equipo recibirá una recompensa de 10.000 SANO Coins. Las recompensas adicionales por contribuciones excepcionales podrán negociarse por separado. A los miembros del equipo se les otorgará acceso prioritario a diversas oportunidades de colaboración dentro del Grupo de Cooperación de Ciudades Internacionales.
3. Los particulares podrán promover aplicaciones para la moneda SANO, siempre que dichas actividades estén permitidas por las leyes locales. Tras la implementación exitosa de una aplicación, se otorgará una recompensa de 10.000 monedas SANO. Las recompensas adicionales por contribuciones excepcionales podrán negociarse por separado. Asimismo, se concederán a los particulares derechos de prioridad con respecto a diversas oportunidades de colaboración dentro de la red de ciudades internacionales asociadas.
Notas Aclaratorias:
Una vez que la cantidad total de monedas distribuidas mediante estas aplicaciones alcance los 100 millones (incluyendo los de los Anexos 1 y 2), el programa de incentivos finalizará.